De acuerdo a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, todos los libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios se deben de cumplimentar en soporte electrónico y deben ser presentados para legalizar en el Registro Mercantil, por vía telemática, dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio. Así por ejemplo, para aquellas empresas en las que su ejercicio contable corresponda al año natural y su fecha de cierre de ejercicio sea 31 de diciembre, tendrán de plazo para realizar la legalización de los libros contables hasta el 30 de abril del año siguiente.
A continuación mostramos como realizar el proceso de generación de libros y legalización de los mismos desde ContaPlus.
* Recuerda:
El contenido de la ayuda está realizado en base a la gama superior, por lo que dependiendo de la licencia adquirida es posible que algunas de las funciones presentadas no estén habilitadas.