El Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, establece un coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los funcionarios de carrera incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, miembros de la Policía Local al servicio de las entidades que integran la Administración local, en sus diferentes escalas, categorías o especialidades.
La aplicación de los beneficios establecidos en este real decreto lleva consigo un incremento en la cotización a la Seguridad Social procediendo a aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes del 10,60%, del que el 8,84% es a cargo de la Administración y el 1,76% a cargo del funcionario, a partir de su entrada en vigor.
Estos tipos están incluidos en la Vigencia 01/2019 en Tablas generales/Tablas SS.SS./Retenciones/ Régimen General/ Tipos de cotización de la Tabla 00 Tabla general Euros.
En las liquidaciones de cuotas correspondientes al mes de enero 2019 procederá la aplicación de esta cotización adicional a partir del día 2 de enero, día de entrada en vigor de esta norma.
Indicar que según normas de Sistema de Liquidación Directa, en el envío de ficheros de bases, en los que varían condiciones de cotización a lo largo del mes, las bases se presentan de forma diferenciada en diferentes tramos, es por esto, que en este supuesto, en el que se produce un cambio en la cotización a partir del día 2 de Enero 2019, en el fichero deberá incluirse un tramo de cotización con la base correspondiente al 1 de Enero de 2019 (si la hubiera) y otro tramo a partir del día 2 de Enero 2019.
Para poder realizar esta ruptura de tramos,en Policías Locales contratados anteriormente a esta fecha, en NominaPlus Flex deberán existir dos fichas del trabajador en el mes de Enero 2019, la primera con fecha de baja el día 01-01-2019 y una nueva con fecha de alta el 02-01-2019.
Para ello, una vez informada la Fecha de baja en la primera ficha en la pestaña Profesional y aceptando dicha ficha, en Trabajadores/ Datos trabajador marcada la ficha del trabajador pulsando en el botón Copiar Trabajador indicaremos un nuevo código de ficha y añadiremos una nueva ficha con Fecha de alta el día 02-01-2019 marcando la opción Otras causas distintas a las anteriores, de tal forma que copiará los datos de la ficha anterior de forma automática.
Para aplicar la cotización adicional en la segunda ficha del trabajador la que tiene Fecha de alta 02-01-2019 en la pestaña Contrato deberemos seleccionar el indicador Cot. Adic. anticipo jubil para que aplique a través del cálculo de nómina esta cotización adicional.
Este indicador si está marcado, aplica en cuentas específicas de Funcionarios, Funcionarios integrados interinos (cotiza desempleo), Funcionarios Nuevo ingreso y Funcionarios Nuevo ingreso interinos (cotiza desempleo).
Después de calcular las nóminas de las dos fichas, teniendo en la segunda ficha el check marcado, en Cálculos y pagos de nómina/ Nominas calculadas podremos comprobar como aplica dicho coste en la nómina calculada, en el ejemplo por la parte del trabajador Base contingencias comunes 1172,90 por el 1,76%=20,64.
Es importante conocer la situación en Afiliación de los Códigos de Cuenta de Cotización a los que están adscritos estos trabajadores para realizar esta gestión, dependiendo de esta, habrá que realizar alguna variación respecto a lo explicado.
Según Boletín de Noticias Red 06/2018, los funcionarios a los que es de aplicación esta cotización adicional deben estar de alta en cuentas de cotización (CCCs) exclusivas para estos trabajadores identificados por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la Seguridad Social que corresponda.
Por lo que en el caso de que ya existieran cuentas de cotización (CCCs) en los que estuvieran de alta estos trabajadores exclusivamente, podrán mantenerse en alta sin necesidad de asignarse una nueva cuenta de cotización (CCC) en NominaPlus Flex.
Por lo tanto, en NominaPlus Flex, si a todos los trabajadores que cotizan en una cuenta de cotización (CCC) les es de aplicación el coeficiente, deberá proceder tal y como se ha indicado anteriormente, añadiendo la nueva ficha en la misma empresa.
En el supuesto de que no todos los trabajadores con de la misma cuenta de cotización (CCC) sean miembros de la Policía Local a los que es de aplicación este coeficiente reductor, se les habrá asignado un nuevo Código de Cuenta de Cotización, en este caso, la nueva ficha de trabajador con fecha de alta 02-02-2019, deberá añadirse en otra empresa en la que se haya informado la nueva cuenta de cotización (CCC) asignada.
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